El gobierno entrerriano articula con la Nación
la puesta en marcha de medidas que tienen por objetivo paliar la difícil
situación que atraviesan las pequeñas y medianas empresas.
En este marco, el Banco Central lanzó
incentivos a las entidades financieras para que incrementen los préstamos a
micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) para el pago de sueldos. Esta
línea se incorpora, en las mismas condiciones, a la que la entidad lanzó el 19
de marzo, en la que se promovían créditos a una tasa fija no superior al 24%
anual para afrontar capital de trabajo.
Está dirigida a capital de trabajo y sueldos y
el Gobierno Nacional dispuso 30.000.000 millones de pesos del Fondo de
Garantías Argentino para garantizar la línea de crédito. Para acceder a dichas
garantías es requisito estar inscripto en el Registro MiPyME y tener el
Certificado MiPyME vigente. La inscripción se puede tramitar en el Registro o renovar tu certificado siguiendo las instrucciones detalladas en el sitio web de Afip. Es obligación de los bancos instrumentarla respetando la tasa fija del 24% como máximo, e informar el mail donde se envía la solicitud del crédito. La línea se encuentra ya vigente y se tramita directamente ante el banco, el cual brinda las especificaciones referidas a monto a financiar y plazo de devolución. Toda la información está consignada al detalle en el sitio http://www.entrerios.gov.ar/minpro/LineasAsistenciaMiPyMEs.pdf.
El gobierno también lanzó un Programa de
Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción con el objetivo de
morigerar el impacto económico de la emergencia sanitaria y contener la merma
de la actividad productiva que afecta de manera inmediata principalmente a las
micro, pequeñas y medianas empresas. El mismo, destinado tanto a empleadores
como a trabajadores, consiste en la postergación o reducción de hasta el 95%
del pago de contribuciones patronales, la asignación compensatoria al salario
para trabajadores a cargo del Estado, un sistema integral de prestaciones por
desempleo, así como la asistencia a través del Programa de Recuperación
Productiva del MinisteriEo de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Los principales beneficios incluyen la
postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones
patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) devengadas durante
abril. La reducción de hasta el 95% es para empresas con menos de 60
trabajadores; para las que tienen mayor cantidad se establece un procedimiento
especial. La asignación compensatoria al salario, abonada por el Estado para
trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del sector privado,
comprendidos en el régimen de negociación colectiva.
Podrán acogerse a los beneficios quienes
tengan sus actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas
geográficos donde se desarrollan; tengan una cantidad relevante de trabajadores
y trabajadoras contagiados por el Covid-19, en aislamiento obligatorio o con
dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado
familiar. También incluyen a quienes tengan una sustancial reducción en sus
ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020. Se encuentran excluidos de la
posibilidad de ser beneficiarios quienes realizan actividades y servicios
declarados esenciales en la emergencia sanitaria y cuyo personal fue exceptuado
del cumplimiento de las disposiciones del Decreto N° 297/20 y complementarios.
Los empleadores alcanzados por los beneficios
deben acreditar ante AFIP la nómina del personal alcanzado y su afectación a
las actividades alcanzadas. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
considerará la información y documentación remitidas, podrá relevar otros datos
y solicitar documentación adicional o realizar visitas de evaluación a la sede
del establecimiento.
Financiamiento
También se creó un Fondo de Garantía para la
Micro, Pequeña y Mediana Empresa considerando que en el contexto económico del
país resulta indispensable adoptar medidas tendientes a facilitar el acceso al
financiamiento público y privado para las micro, pequeñas y medianas empresas
que, en virtud de la emergencia, se encuentran en dificultades para el pago de
los sueldos de sus empleados.
En consecuencia el gobierno Nacional dispone
la creación de un Fondo de Afectación Específica que contará con 30.000
millones de pesos que el Estado transferirá al Fondo de Garantías Argentino.
Las garantías otorgadas tendrán como objetivo facilitar el repago de los
préstamos para capital de trabajo, incluyendo pagos de salarios, aportes y
contribuciones patronales, y cobertura de cheques diferidos, y estarán
destinadas a aquellas empresas inscriptas en el Registro MiPyMEs y con certificado
MiPyME vigente. Asimismo, el Decreto dispuso una simplificación en la
operatoria de las Sociedades de Garantía Recíproca, autorizando a las mismas la
posibilidad de celebrar contratos de garantía recíproca mediante la utilización
de medios tecnológicos, es decir, mediante instrumentos particulares no
firmados en los casos en que lo autorice la Autoridad de aplicación.
Fuentes laborales
En ese marco, se prohíben los despidos por 60
días. Ante la necesidad de adoptar medidas excepcionales que aseguren a los
trabajadores y a las trabajadoras que esta situación de emergencia no les hará
perder sus empleos, y garantizarles así condiciones de existencia dignas para
ellos y para sus familias, el Gobierno Nacional resuelve prohibir los despidos
sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza
mayor por el plazo de 60 días contados a partir de la fecha de publicación del
decreto en el Boletín Oficial.
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